Las acciones de grupo son aquellas que son interpuestas
por un conjunto de personas, que están en igualdad
de condiciones con respecto a una misma causa que les
originó perjuicios individuales.
Estas acciones son procedentes para obtener el reconocimiento
y pago de indemnización de los perjuicios causados.
El requisito fundamental para interponer acciones
de grupo es que debe hacerlo un grupo no menor de veinte
personas, a través de un abogado, dentro de
los dos años siguientes a la fecha en que el
perjuicio fue causado o que cesó la acción
que lo causó.
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