La acción de cumplimiento está consagrada
en el artículo 87 de la Constitución,
que dice: Toda persona podrá acudir ante la
autoridad judicial para hacer efectivo el cumplimiento
de una ley o un acto administrativo.
El efecto de un fallo positivo por parte de la autoridad
judicial es que a la autoridad renuente se le ordena
el cumplimiento del deber omitido.
Los requisitos para presentar una acción de
cumplimiento son:
Nombre
Identificación
Lugar de residencia de la persona que instaura
la acción
Determinación de la norma con fuerza material
de la ley o acto administrativo incumplido
Hechos de incumplimiento
Autoridad que causa el incumplimiento
Copia del reclamo hecho anteriormente
Pruebas solicitadas y aportadas
Manifestación prestada bajo gravedad
de juramento de no haber presentado otra solicitud
al respecto.
El juez debe proferir su decisión dentro de
los 20 días hábiles.
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